Planificar herencias exige equilibrar alimentos para hijos y derechos sobre inmuebles
Dos artículos analizan decisiones de planificación sucesoria desde enfoques distintos: la obligación de garantizar alimentos a ciertos hijos menores en México y los riesgos de donar inmuebles en Argentina. Las normas descritas pertenecen a jurisdicciones diferentes, por lo que no constituyen una regla legal única aplicable a ambos países.
Puntos clave
- El Cronista explica que el artículo 1368 del Código Civil Federal mexicano obliga al testador a dejar alimentos a los descendientes menores de 18 años respecto de quienes tuviera una obligación legal de manutención al momento de su muerte.
- Según El Cronista, la obligación alimentaria puede existir aunque el hijo menor sea excluido de la herencia, y también se contemplan descendientes imposibilitados para trabajar.
- iProfesional señala que donar inmuebles a los hijos puede anticipar una herencia, pero también generar consecuencias legales, patrimoniales, impositivas y familiares durante años.
- iProfesional describe la donación de la nuda propiedad con reserva de usufructo como una alternativa para transferir la titularidad y conservar el uso de la vivienda o el cobro de alquileres.
- Ambos artículos destacan la necesidad de evaluar los derechos de los hijos y de otros herederos antes de disponer del patrimonio, aunque abordan marcos jurídicos y riesgos propios de países distintos.