Inocencia Fiscal abre un debate sobre pagos, intereses y normas pendientes
Las normas de Inocencia Fiscal modifican la relación entre los contribuyentes y la administración tributaria, al vincular la presentación de declaraciones juradas con el pago en término. Ambito analiza si corresponde aplicar intereses resarcitorios cuando el pago se realiza dentro del plazo prorrogado, mientras que El Cronista señala que todavía faltan dos normas para implementar la segunda etapa del régimen.
Puntos clave
- Ambito sostiene que las leyes 27.799 y 27.826, junto con el Decreto 93/2026, establecen beneficios condicionados a la presentación de la declaración jurada y al pago en término.
- Según Ambito, el cumplimiento conjunto podría otorgar efecto liberatorio del pago, presunción de exactitud y bloqueo de revisiones sobre períodos fiscales anteriores para Ganancias e IVA.
- El artículo de Ambito plantea una posible contradicción entre considerar realizado el pago en término y exigir intereses resarcitorios tras la prórroga del vencimiento de Ganancias.
- El Cronista informa que la puesta en marcha de Inocencia Fiscal II, asociada a los denominados dólares del colchón, aún requiere dos normas, aunque el contenido disponible no identifica cuáles son.
- La información disponible de El Cronista está restringida, por lo que sus detalles no pueden contrastarse con el desarrollo completo publicado por Ambito.